NIA (normas internacionales de auditoria)
- lifeguardsa2015
- 9 jul 2015
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Las Normas Internacionales de Auditoría se deberán aplicar en las auditorías de los estados financieros. Las NIA contienen principios y procedimientos básicos y esenciales para el auditor. Estos deberán ser interpretados en el contexto de la aplicación en el momento de la auditoría.
Las Normas Internacionales de Auditoria (NIAs) se deberán aplicar en la auditoria de los estados financieros. Las NIAs también deberán aplicarse, con la adaptación necesaria, a la auditoria de informaciónde otra clase y a servicios relacionados.
Las NIAs contienen principios básicos y procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con lineamientos relacionados en forma de material explicativo y de otro tipo. Los principios básicos y los procedimientos esenciales deberán ser interpretados en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación.

Contenido de una NIA:
“Introducción”: Indica el contexto relevante para la comprensión de cada norma, e incluye cuestiones como el objetivo y alcance de la NIA-ES, su relación con otras NIA-ES, la materia objeto de análisis y tratamiento, las responsabilidades del auditor y el contexto en que se enmarca.
“Objetivo”: en esta sección se describen los objetivos a conseguir por el auditor mediante la aplicación de los requerimientos que se incluyen en la sección prevista para ello en cada norma y que deben interpretarse en el contexto de los objetivos globales del auditor.
“Definiciones”: se describe el significado de los términos claves necesarios para la cuestión sobre la que trata la norma.
“Requerimientos”: establece los procedimientos que obligatoriamente ha de cumplir el auditor a menos que se refieran a una condición que no aplica al caso en concreto.
“Guía de aplicación y otras anotaciones explicativas”: En esta sección se proporciona una explicación más detallada de los distintos aspectos tratados en cada NIA-ES, y ofrece guías y orientaciones para la aplicación práctica de los requerimientos, pudiendo contener ejemplos de procedimientos, riesgos, etc.
“Anexos”: Ejemplos y otros aspectos a considerar.
Aspectos relevantes de las nuevas NIA-ES:
Con las nuevas NIA-ES se elimina la posibilidad establecida en la norma sobre hechos posteriores del doble-fechado.
Son normas más desarrolladas y detalladas que las NTA anteriores. Contienen extensas guías explicativas y desarrollan en mayor medida todo el proceso de trabajo.
Estas normas parten de las responsabilidades de todos los agentes que intervienen en la auditoría, no solamente la del auditor. En concreto, destaca la interpretación sobre cómo entender la terminología y definiciones incluidas en las NIA-ES referentes a los responsables del gobierno y a la Dirección de la entidad, en especial la mención a la responsabilidad de los administradores en el modelo del informe.
Requiere de la intervención de nuevas figuras, como la del Revisor de control de calidad de un encargo.
La auditoría se basa en mayor medida en el conocimiento de la entidad y el enfoque a los riesgos y a procedimientos sobre controles, además de la aplicación de pruebas sustantivas.
Contiene extensos requisitos expresos de documentación.
Requiere la documentación con la entidad auditada a alto nivel.
Requiere que el auditor solicite a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad, manifestaciones escritas relativas a si consideran que los efectos de las incorrecciones no corregidas son inmateriales, individualmente o de forma agregada, para los estados financieros en su conjunto, debiendo adjuntarse un resumen de dichas partidas en la manifestación escrita.
En línea con el TRLAC y su Reglamento de desarrollo, los casos previstos en las NIA-ES en los que el auditor puede renunciar quedan limitados a que constituyan “justa causa” o concurran determinados supuestos (art. 3.2 TRLAC)
La implantación de las NIA-ES supondrá la necesidad de cambiar el formato del informe, así como el del contrato de auditoría o carta de encargo y la Carta de manifestaciones (que incluye conceptos más extensos), y requerirá un esfuerzo importante en la documentación de la auditoría; si bien también es importante destacar que la mayor parte de las NIA-ES tienen en sus requerimientos una apartado específico relativo a la Documentación.
Por último, cabe destacar que las NIA-ES no establecen un método de cálculo específico de la importancia relativa, sino que su determinación viene dada por el ejercicio de juicio profesional por parte del auditor, y se verá afectada por su percepción de las necesidades de información

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